INICIO>Prensa> Entrevista a Martín Nessi, Canal 26, Día a día

 

"Día a día", con  Esteban Mirol. Canal 26. 28/07/04, 16:30 hs

ESTEBAN MIROL: Nos estábamos preguntando quién controla un ejército de 45.000 vigiladores que hay en la Provincia de Buenos Aires, y el que los controla es el señor que le vamos a mostrar ahora, el señor Martín Nessi, que es justamente el director de fiscalización de Agencias de Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Bueno, la cifra es exacta, son más o menos 45.000 vigiladores ¿No?

MARTIN NESSI: Exactamente es el numero de vigiladores habilitados. Es decir,  dados de alta en la dirección fiscalizadora es de 38.000. Esta cifra que componemos es variable porque se le suma a los vigiladores habilitados la gran cantidad de vigiladores sin estar habilitados, es decir clandestinados. También se suma al componente que el número de vigiladores clandestinos varía según la temporada, en zonas de la costa por ejemplo de la Provincia de Buenos Aires, ahí abundan muchísimo más por la contratación que hacen comerciantes, locales bailables y demás.

EM: ¿Es riesgoso para una empresa contratar a un vigilador que no esté habilitado? ¿Los vigiladores deben estar habilitados?

MN: Exactamente, y las empresas también. En cuanto a la prestación del servicio de seguridad privada, está regido por la ley 12.297, y el decreto reglamentario.  L a normativa es tanto para los prestadores de servicio como para aquellos que quieran contratar el servicio. Es fundamental que sean empresas habilitadas para lo cual se les exige taxativamente requisitos previstos por la ley; y que los sostenedores del servicio es fundamental que contraten empresas habilitadas. ¿Por qué? Porque de esta manera pueden estar cubiertos de los eventuales daños que puedan producir los vigiladores o que puedan producirse contra los vigiladores.

EM: Cuándo estamos hablando de vigiladores, estamos hablando de gente que está habilitada para portar armas ¿Puede ser que sí , puede ser que no?

MN: Claro, dentro de la normativa se prevén vigiladores con armas, sin armas, escoltas privadas, servicio de estructura en tr á nsito. Tenemos una...

EM: Una variedad.

MN: Variedad. Dentro de lo que son vigiladores que portan armas que obviamente es menor número de los que están habilitados, la ley también es taxativa dentro de lo que no se permite portar un calibre mayor a los 38 milímetros, en casos de que se necesite un calibre mayor, deberá justificarlo la empresa, de porque se necesita un calibre mayor; y obviamente la portación de armas deberá ser en el predio interno sin acceso al contacto con la vía pública.

EM: Por ejemplo dentro de un country.

MN: Dentro de un country, pero no en la vía pública.

EM: Llega a salir a la calle y ya está inflingiendo...

MN: Exactamente, no en la vía pública.

EM: ¿Pero de todas maneras están habilitados por ejemplo en el caso de una persecución de delincuentes, ahí si estuviesen habilitados a ir hacia la vía pública?

MN: Bueno la ley en ese sentido estipula fundamentalmente un principio de razonabilidad y gradualidad, o sea para evitar conductas arbitrarias, discriminatorias, abusivas, deben actuar como colaboradoras de la seguridad pública, de las fuerzas policiales. Por eso...

EM: No, no estando las fuerzas policiales.

MN: Digamos es limitada la actuación que pueden tener, la primera actividad que tienen es de prevención y de disuasión. Ante la sospecha de un delito, inmediatamente ponerlo en comunicación de la autoridad.

EM: Ah, tienen que poner en aviso.

MN: Exactamente. Solamente podrán actuar en los casos de vigiladores con armas habilitados, solamente podrán actuar en caso de leg í tima defensa o que sea una medida de última rápido.

EM: Ahora para que todo esto se cumpla, usted con cuanto personal cuenta. Dicen acá que son 15 inspectores nada más.

MN: El tema es así, dentro de lo que es la estructura del Ministerio de la Provincia, la autoridad de aplicación encargada de controlar el funcionamiento de la vigilancia privada es la Dirección General Fiscalizadora de Agencias. La Dirección está dividida en dos partes: una que es la dirección de habilitación y registro y la dirección de fiscalización que es la que está a mi cargo. En total, toda la dirección cuenta con 90 personas. Dentro de lo que es la dirección de fiscalización que es la encargada del contralor, tenemos alrededor de  30 personas. Nosotros tenemos lo que es el control de la faz operativa...

EM: ¿30 que son  todos inspectores, o algunos son administrativos?

MN: Exactamente. Tenemos inspectores alrededor de 15, pero este numero en el caso que necesitemos incrementarlo por la envergadura del trabajo podemos incrementar personal de la parte administrativa, que es todo personal policial.

EM: ¿Ahora con 15 inspectores puede usted hacer un trabajo a fondo?

MN: Mire, para lo que es la estructura de la seguridad privada, para lo que es lo basto del territorio, evidentemente no. Pero justamente desde la asunción del Ministro Arslanián, conciente de este problema, se está haciendo toda una reestructuración del área para lo cual hay un plazo de 90 días para reestructuración del área y potenciar. Porque es un problema que va creciendo, la actividad de seguridad privada va creciendo cada vez más; y justamente conscientes de este problema de est á trabajando en lo que es la nueva estructura del área para potenciar el control y justamente prevenir el trabajo del vigilador clandestino y las empresas clandestinas.

EM: Que estén trabajando en negro, que haya empresas que...

MN: Exactamente.

EM: Un último detalle, que me preocupa la cantidad de horas que trabajan estos hombres, porque las empresas están pagando casi a nivel de esclavitud, el trabajo es de 12 horas y $350 o $400, algo por el estilo. Así me lo han comentado muchos de ellos. Y en muchos casos salen de un trabajo y entran en otro, con lo cual la gente está totalmente agotada, obviamente que no cumple con su trabajo como corresponde, no porque no quieran, sino porque no les da el cuero pobres. Esto ustedes lo saben.

MN: Esto lo sabemos y en todo caso serán las empresas las que tengan que adecuar las condiciones, son las responsables...

EM: ¿Ustedes pueden hacer algo en cuanto a esto?

MN: En cuanto a las condiciones laborales nosotros lo que podemos exigir es el cumplimiento de toda la legislación laboral, comercial. Si estas personas están registradas, si están en blanco.

EM: Pero no otra cosa.

MN: Lo que podemos exigir nosotros y hacer cumplir es toda la reglamentación que prevé la prestación de la seguridad privada, los requisitos que deben cumplir para ser vigiladores, y de esa manera poder tener el alta.

EM: Pero por ejemplo es normal que una persona trabaje como vigilador con todo lo que esto significa 12 horas. ¿Lo acepta la ley?

MN: No, la ley no prevé nada en ese sentido. La ley no prevé nada en tiempos mínimos con una jornada laboral de un vigilador.

EM: Digamos esto es una...

MN: Es un tema contractual entre el empresario y la entidad privada y la persona contratada.

EM: Pero usted está de acuerdo conmigo que es una exageración.

MN: M á s para una actividad que requiere tanta atención, tanta capacitación.

EM: Muchísimas gracias.

MN: No por favor.

EM: Muchas gracias por estar con nosotros, muy amable.