Ubicación geográfica
La provincia de San Juan se ubica a 31º de Latitud sur y 69º de Longitud oeste. Limita al norte y al este con la provincia de La Rioja, al Sudeste con la provincia de San Luis, al sur con la provincia de Mendoza, y al oeste con la República de Chile.
Datos generales
Tiene una superficie de 89.651 km2 y una población de 666.446 habitantes , con una densidad de 7,4 habitantes por km2.
La tasa de desocupación en el año 2004 fue del 11,45% y en el primer semestre de 2005 del 12,4%. Respecto de la tasa de subocupación, la misma fue de 15,45% y de 13,9% respectivamente. El ingreso medio de la población ocupada ascendió a $569 para el primer semestre de 2005.
Durante el año 2004, en promedio, el 39,3% de los hogares se encontraban por debajo de la línea de la pobreza, en tanto que en el primer semestre de 2005 ese porcentaje fue del 37,3%. Con relación a los habitantes, en el año 2004, en promedio, el 47,95% se encontraban por debajo de la línea de pobreza mientras que para el primer semestre de 2005 ese índice fue del 45,2%.
En promedio en el año 2004, el 13,65% de los hogares se encontraban por debajo de la línea de indigencia, mientras que en el primer semestre de 2005 ese porcentaje fue de 10,6%. Por otra parte, respecto de las personas, el índice de indigencia alcanzó el 17,35% en promedio en el año 2004 y el 13,4% en el primer semestre de 2005.
Fuente: estimación poblacional INDEC
Fuente: Grupo Unidos del Sud. Datos: INDEC
Fuente: Grupo Unidos del Sud. Datos: INDEC
Poder Judicial
Organización/Composición
El Poder Judicial de la Provincia de San Juan está
integrado por una Corte de Justicia, la Cámara de Apelación
en lo Civil, Comercial y Minería; la Cámara
de Apelaciones en lo Penal y Correccional; la Cámara
de Apelación del Trabajo; la Cámara de Paz Letrada;
Juzgados en lo Civil, Comercial, y Minería; Juzgados
en lo Correccional; Juzgados de Instrucción; Juzgados
Laborales; Juzgados Letrados de Menores; Juzgados de Paz Letrados
; el Ministerio Público y el Consejo de la Magistratura.
La Corte de Justicia se divide en tres salas integrada cada
una de ellas por un presidente y dos vocales; puede aumentarse
el número de miembros pero siempre tiene que ser impar.
La presidencia del cuerpo es desempeñada anualmente
y por turno, por cada uno de sus miembros, comenzando por
el de mayor edad.
Personal
|
2003 |
2004 |
2005 |
| Jueces |
59 |
60 |
50 |
| Fiscales |
15 |
S/D |
14 |
| Defensores |
10 |
S/D |
9 |
Presupuesto por Magistrado/Presupuesto por habitante
|
2003 |
2004 |
2005 |
| Presupuesto por Magistrados |
$ 549.827 |
$ 549.732 |
$ 865.798 |
| Presupuesto por Habitantes |
$50 |
$50 |
$ 65 |
Ministerio Público
El Ministerio Público es un órgano del Poder
Judicial. Está integrado y es desempeñado por
el Fiscal General de la Corte de Justicia, por los Fiscales
de Cámara, por los Agentes Fiscales y por los Asesores
y Defensores oficiales. La ley orgánica determina el
número, jerarquía, funciones y modo de actuar.
El Fiscal General de la Corte de Justicia ejerce superintendencia
sobre los demás miembros que componen el Ministerio
Público.
Causas Ingresadas
Materia |
2004 |
| Penal |
27.474 |
| Civil |
18.677 |
| Laboral |
966 |
| Total |
47.117 |
Profesión Legal
Tal como lo dispone el artículo 218 de la Constitución
provincial, la abogacía es una función pública
no estatal, auxiliar del Poder Judicial. En esta provincia,
la profesión se organiza a través del Foro de
Abogados de la provincia de San Juan, el cual está
previsto en la Constitución.
Educación Legal
En la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de
San Juan se dicta la carrera de Abogacía con una duración
de 5 años. En el año 2003 había en la
carrera 2336 alumnos y 477 nuevos inscriptos.
Por otra parte, la Universidad Católica de Cuyo cuenta
con la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales en la que también
se ofrece la carrera de Abogacía con una duración
de 5 años. Tiene sus sedes en la localidades de San
Juan y San Luis. En el año 2003 había 757 alumnos
y 127 nuevos inscriptos en la carrera. Para ese año,
los alumnos egresados fueron 88
Delitos
Según datos otorgados por la Dirección Nacional
de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación, se registraron oficialmente en
la provincia de San Juan 30.537 delitos en el año 2004
y una tasa de 4.649 delitos cada 100.000 habitantes. En relación
al año 2000 la cantidad de delitos aumentó un
54% en el año 2004; sin embargo, con relación
al año anterior disminuyó en un 4%.
Escuela de Capacitación Judicial
La provincia cuenta con una Escuela de Capacitación
Judicial desde el 16 de diciembre de 1997. Fue creada dentro
del marco de las atribuciones conferidas a la Corte de Justicia
por el art. 207, inc. 4) y 12), de la Constitución
de la Provincia y art. 14, inc b) y k) de la Ley Orgánica
de Tribunales. Se trata de un organismo permanente dependiente
de la Corte de Justicia cuyo principal objetivo es la formación
contínua y el perfeccionamiento de los magistrados,
funcionarios y demás integrantes del Poder Judicial.
Con este fin, se dictan en el organismo diversos cursos, seminarios,
charlas, adecuado a las particularidades inherentes a los
fueros y grados de los distintos organismos del Poder Judicial
Proyectos de mejoramiento de la Justicia
Creación de Juzgados
Con fecha 15 de junio de 2005 se publicó en el Boletín
oficial la ley Nº 7592 de creación, implementación
y organización del juzgado de ejecución y fiscalía
de ejecución en el proceso penal de la provincia de
San Juan.
En su artículo 7 dispone que a partir de su integración
y puesta en funcionamiento, los actuales tribunales y juzgados
del fuero en los que se encuentren radicados procesos con
sentencia
Mediación y Resolución alternativa de Conflictos
Con fecha 13 de agosto de 2004, por ley Nº 7454, se instituyó
en todo el territorio de la Provincia la Mediación
como método para la resolución pacífica
de los conflictos, entre otros ámbitos, en aquellos
contemplados para ser dirimidos ante el Poder Judicial.
A tales efectos, la norma prevé la creación
del Centro Judicial de Mediación, en la Corte de Justicia,
con dependencia jerárquica de la Secretaría
Administrativa de la Sala Tercera de Superintendencia del
Tribunal. El organismo se encuentra a cargo de un actuario,
contando además con el personal auxiliar necesario,
proporcionado por la Presidencia de la Corte de Justicia.
El 27 de octubre de 2004 la Corte Suprema de la Justicia los
Ministros y el Fiscal General de la Corte, dispusieron la
reglamentación en lo atinente al procedimiento y funcionamiento
de la mediación judicial
Policía Judicial
El Código Procesal Penal de la provincia de San Juan
(Ley 7398) regula en su artículo 219 y siguientes los
actos de la policía judicial. Se trata de un organismo
científico técnico especializado compuesto por
auxiliares y oficiales. Administrativamente depende del Superior
Tribunal y funcionalmente del Ministerio Público Fiscal.
La ley Nº 7479 publicada el 20 de mayo de 2004 dispone
como norma transitoria, en su artículo 3 inc. 7, que
hasta la creación de la policía judicial, continuará
actuando como tal la policía administrativa.
Consejo de la Magistratura
El Consejo de la Magistratura está integrado por:
dos abogados en el ejercicio de la profesión, inscripto
en la matrícula de la provincia, domiciliados en la
misma y que reúnen las condiciones requeridas por la
Constitución para ser miembro de la Corte de Justicia;
un legislador provincial; un miembro de la Corte de Justicia
y un ministro del Poder Ejecutivo
El artículo 215 de la Constitución de la provincia
de San Juan y el artículo 3 de la ley de Consejo de
la Magistratura Nº 5594 establecen que los miembros del
Consejo de la Magistratura son elegidos de la siguiente forma:
los abogados, mediante elección única, directa,
secreta y obligatoria, practicada entre los inscriptos y habilitados
para el ejercicio de la profesión, bajo el control
del Foro de Abogados; el legislador, por designación
de la Cámara de Diputados; el miembro de la Corte de
Justicia, por sorteo entre sus miembros; el ministro, por
designación del Gobernador de la provincia; en la misma
forma son elegidos igual número de suplentes. El ejercicio
de esta función constituye carga pública y el
mandato dura cuatro años, pudiendo ser reelectos.
Las funciones del Consejo están establecidas en el
artículo 216 de la Constitución provincial.
Entre ellas se mencionan las de, proponer por terna remitida
de la Cámara de Diputados, el nombramiento de magistrados
judiciales, titulares del Ministerio Público y Fiscal
de Estado; proponer a la Cámara de diputados el traslado
de los magistrados y miembros del Ministerio Público;
organizar y resolver los concursos abiertos de antecedentes
y oposición para las vacantes e integración
de las ternas de nombramiento y dictar su reglamento de organización
y funcionamiento.
Ministerio de Gobierno
El Ministerio de Gobierno, órgano dependiente del
Poder Ejecutivo de la provincia, integra bajo su jurisdicción
las Secretarías de Gobierno y Justicia; la Secretaría
de Relaciones Institucionales; la Secretaría de Seguridad
y Orden Público.
Corresponde al Ministerio de Gobierno, todo lo concerniente
al régimen político institucional de la provincia,
el mantenimiento del orden público, el ejercicio de
los principios y garantías constitucionales, y a la
relación del Poder Ejecutivo, con los otros poderes,
y Municipios de la provincia, la Iglesia Católica,
y demás cultos religiosos, el Cuerpo Consular, las
Fuerzas Armadas y de Seguridad, el Gobierno de la Nación
y de las otras provincias.
Entre su particular competencia se encuentran: la orientación
y coordinación de la labor política del Poder
Ejecutivo; la ejecución administrativa de las leyes
que organizan el Poder Judicial que no sean de competencia
exclusiva de tal poder; la organización y dirección
de la policía de la provincia y también la defensa
del orden publico general; la ejecución de las sanciones
penales y dirección del sistema carcelario y de establecimientos
de encausados y penados, entre otras.
Secretaría de Seguridad y Orden Público
Conforme lo dispuesto en el artículo 1 inc. III, del
Decreto Acuerdo Nº 0045/03 de fecha 11 de diciembre de
2003, la Secretaría de Seguridad y Orden Público
tiene a su cargo la elaboración y propuesta del plan
provincial para la prevención y atención al
desastre; entender en todo lo inherente a la organización
y defensa civil de la población; entender en todo lo
relativo a presos, liberados y excarcelados a fin de contribuir
a la disminución de la criminalidad y reincidencia;
así como en lo atinente al mantenimiento del orden
público y de la paz social.
Este organismo depende directamente del Ministerio de Gobierno
(Art. 4) y tiene bajo su dependencia a la policía de
San Juan, servicio penitenciario provincial, Dirección
de Defensa Civil, Dirección de Protección al
preso, liberado y excarcelado (Art. 5).
Servicio Penitenciario
San Juan posee servicio penitenciario propio. Esta institución
depende de la Secretaría de Seguridad y Orden Público,
organismo dependiente a su vez, del Ministerio de Gobierno.
Tiene a su cargo la guarda y custodia de detenidos en jurisdicción
provincial .
Para cumplir con su función cuenta con una cárcel
en donde se alojaban en el año 2004, 605 detenidos,
de los cuales 305 eran condenados, 297 procesados y 3 menores
o inimputables. La capacidad del sistema era de 360 plazas,
por lo que en el 2004 el índice de sobrepoblación
ascendía al 68,1%. En el 2004 había en la provincia
92,1 detenidos cada 100.000 habitantes
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