Ubicación geográfica
La provincia de Salta se ubica al noreste de la República Argentina. Limita al norte con la provincia de Jujuy y la República de Bolivia, al este con la República de Paraguay y con las provincias de Formosa y Chaco, al sur con las provincias de Tucumán y Catamarca, y al oeste con la República de Chile.
Datos generales
La provincia cuenta con una superficie de 155.488 km2 y una población de 1.079.051 habitantes, con una densidad de 6,9 habitantes por km2.
La tasa de desocupación para el año 2004 fue de 15,85% y de 13,8% para el primer semestre de 2005; mientras que la tasa de subocupación alcanzó el 17,1%, en promedio, en el año 2004 y el 13,8% en el primer semestre de 2005.
Durante el año 2004, el 17,5% de los hogares y el 22,65% de los habitantes se encontraban por debajo de la línea de indigencia. Para el primer semestre de 2005 esos valores fueron de 14,4% y 19,3% respectivamente.
Respecto del índice de pobreza, para el año 2004, en promedio, el 43% de los hogares y el 53,2% de los habitantes se encontraban por debajo de la línea de pobreza. En el primer semestre de 2005 esos valores fueron de 40% y 50% respectivamente
El ingreso promedio de la ocupación principal en la provincia de Salta fue de $ 523 por persona en el primer semestre de 2005.
Fuente: estimación poblacional INDEC
Fuente: Grupo Unidos del Sud. Datos: INDEC
Fuente: Grupo Unidos del Sud. Datos: INDEC
Poder Judicial
Organización/Composición
El Poder Judicial de la provincia está compuesto por
la Corte de Justicia, la Cámara de Apelación
en lo Civil y Comercial; la Cámara de Apelación
del Trabajo; la Cámara de Acusación; las Cámaras
del Crimen y los juzgados de primera instancia en lo Civil
y Comercial; de Personas y Familia; de Minas y Comercial de
Registro; de Concursos, Quiebras y Sociedades; en lo Civil
y Comercial de Procesos Ejecutivos; del Trabajo; Correccionales
y Garantías; de Instrucción Formal; de Detenidos
y Garantías; de Ejecución; de Menores y en lo
Contencioso Administrativo.
La Corte de Justicia encabeza el Poder Judicial. Está
compuesta por cinco miembros y entre sus funciones podemos
mencionar las de: 1) representar al Poder Judicial ante los
demás poderes del Estado; 2) ejercer el contralor sobre
la conducta de los magistrados y funcionarios, pudiendo imponerles
sanciones disciplinarias cuando incurrieren en el desempeño
de su cargo en faltas u omisiones que no sean de aquellas
que autoricen su juzgamiento ante el Jury de Enjuiciamiento;
3) pasar los antecedentes al Fiscal de Corte, para que promueva
la acusación ante el Jury de Enjuiciamiento, cuando
las faltas u omisiones sean de tal naturaleza que aparezcan
susceptibles de tal acusación; 4) nombrar, promover
y remover a los Secretarios y empleados del Poder Judicial;
5) practicar con el número de sus miembros que estime
necesarios, no menos de dos visitas de cárceles cada
año, requiriendo informe sobre el estado de las causas
y el tratamiento de los procesados y penados, entre otras.
Personal
| |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
2004 |
| Jueces |
95 |
96 |
93 |
96 |
93 |
| Funcionarios del Poder Judicial |
257 |
277 |
287 |
288 |
295 |
| Empleados del Poder Judicial |
1.097 |
1.111 |
1.122 |
1.323 |
1.336 |
| Total |
1.449 |
1.484 |
1.500 |
1.501 |
1.553 |
Presupuesto por Magistrado/Presupuesto por habitante
|
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
2004 |
| Presupuestopor Magistrados |
$ 407.669 |
$ 408.194 |
$ 399.696 |
$ 385.976 |
$ 435.634 |
| Presupuesto por Habitantes |
$ 36 |
$ 36 |
$ 34 |
$ 33 |
$ 35 |
Ministerio Público
El Ministerio Público es integrado y ejercido por
el Procurador General, el Defensor General, el Asesor General
de Incapaces y por los fiscales, defensores oficiales y asesores
de incapaces de todas las Instancias y fueros, los que son
asistidos por los secretarios letrados. Asimismo está
integrado por los demás funcionarios, profesionales
auxiliares y el personal administrativo.
Dentro de sus funciones se encuentran las de: promover la
actuación de la justicia en defensa de la legalidad
e intereses generales de la sociedad; velar por el respeto
de los derechos, deberes, principios y garantías constitucionales,
estando legitimado para demandar la inconstitucionalidad de
toda ley, decreto, ordenanza, contrato o resolución
de cualquier autoridad pública provincial o municipal;
velar por la buena marcha de la administración de justicia
y controlar el cumplimiento de los plazos procesales; velar
por el correcto cumplimiento de las leyes y garantías
de los derechos humanos en las cárceles; accionar en
defensa y protección del medio ambiente e intereses
difusos; ejercer la acción penal en delitos de acción
pública; nombrar a sus empelados; proponer y administrar
su propio presupuesto; tener iniciativa legislativa no exclusiva
con respecto a la ley de organización del Ministerio
Público; entre otras.
El Procurador General, el Defensor General y el Asesor General
de Incapaces tienen a su cargo la superintendencia y las potestades
administrativas y económicas de este órgano
en forma conjunta. El Presidente del Colegio de Gobierno es
elegido cada dos años entre sus miembros.
El Procurador General, el Defensor General y el Asesor General
de Incapaces, duran seis años en el cargo pudiendo
ser designados nuevamente y son nombrados y removidos de la
misma manera que los miembros del Superior Tribunal de Justicia.
En el ejercicio de sus funciones el Ministerio Público
es autónomo e independiente de los demás órganos
del Estado.
Causas Ingresadas
Materia |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
2004 |
| Penal |
71.650
|
75.903
|
91.086
|
97.331
|
86.204 |
| Civil |
24.715
|
28.202
|
31.826
|
26.654
|
30.402 |
| Laboral |
2.567
|
2.955
|
3.279
|
3.095
|
2.668 |
| Contencioso Administrativo |
141
|
165
|
213
|
230
|
191 |
| Total |
99.073
|
107.225
|
126.404
|
127.310
|
119.465 |
Profesión Legal
En la provincia hay un total de 3.800 abogados matriculados
, lo que representa una tasa de 333 abogados cada 100.000
habitantes que se encuentran nucleados en el Colegio de Abogados
y Procuradores de la provincia de Salta. Este organismo tiene
como objeto la profundización de las relaciones académicas
con otras asociaciones profesionales, la defensa del libre
ejercicio de la profesión de manera digna, la asistencia
de los colegas en la resolución de la problemática
diaria que plantea la actividad, entre otros. Del total de
abogados mencionados, 1.800 aproximadamente ejercen la profesión
legal, en forma activa.
Educación Legal
En la provincia de Salta sólo se dicta la carrera
de Abogacía en la Universidad Católica de Salta.
Al año 2003 esta universidad contaba con 7.739 alumnos
en la carrera.
Mediación y Resolución alternativa de Conflictos
El 11 de noviembre de 2004 fue promulgada la ley Nº 7324
de mediación provincial, que regula la mediación
judicial y la extrajudicial. A su vez, mediante Acordada 9.475
de la Corte de Justicia, se prorrogó el sistema de
mediación implementado en el ámbito del Poder
Judicial.
Esta ley dispone la apertura del procedimiento de mediación,
en cualquier etapa del proceso, a pedido de parte o de oficio.
Instituye por un plazo de cinco años, la instancia
de mediación obligatoria previa a todo juicio en el
que se debatan cuestiones que no se encuentren expresamente
excluidas, entre ellas procesos penales, divorcio vincular,
procesos sucesorios, ejecuciones, medidas cautelares, aquellos
en los que estuvieren en juego normas de orden público,
procesos laborales, contenciosos administrativos, entre otros.
Las partes están exentas de la mediación obligatoria
cuando intenten solucionar el conflicto por vía de
mediación en sede extrajudicial, a través de
un mediador o un centro de Mediación, público
o privado, debidamente acreditado.
La norma dispone la creación, en el ámbito del
Poder Ejecutivo, del Fondo de Financiamiento permanente destinado
a la promoción y difusión de la mediación
en la esfera provincial y municipal. El sistema de mediación
obligatoria previa a todo juicio, se financia con las partidas
que a tal fin se preveen en el presupuesto anual y con el
producido de las multas contempladas en la misma ley.
Proyectos de mejoramiento de la Justicia
Reforma Código Procesal Penal de la provincia
El Código Procesal Penal de la provincia de Salta
fue reformado por la Ley Nº 7262, promulgada el 23 de
diciembre de 2003, y modificatorias,. Las reformas incorporadas
otorgan brevedad y agilidad al proceso penal, mayores garantías
para víctimas y testigos de delitos y ponen en marcha
un procedimiento abreviado para el trámite de causas
originadas en delitos con penas de hasta 5 años.
Para estos delitos se estableció un procedimiento sumario
reemplazándose la figura del Juez de Instrucción
Sumaria por la intervención del Fiscal Correccional
y la policía.
De esta forma, comenzó la readecuación de la
estructura de la justicia penal. Así, se prevé
la desaparición de los juzgados de instrucción
sumaria y la creación de 5 juzgados Correccionales
y de Garantías. Por su parte, los juzgados de Instrucción
formal pasarán a denominarse solamente “de Instrucción”.
Se redujo la competencia del Juez de Ejecución al Distrito
Centro y Sur, asumiendo los jueces de la Cámara del
Crimen esa competencia en el Distrito Norte, en las dos circunscripciones.
Cada uno de los jueces integrantes de la Cámara mencionada,
se reemplazarán en el ejercicio de dicha función
por cuatrimestre.
En el Distrito Centro se creó la Cámara 4ta.
en lo Criminal, como así también los Juzgados
Correccionales de 6ta., 7ma. y 8va. nominación con
funciones de transición hasta el año 2007.
Una de las novedades más destacadas es la creación
de la figura del Juez de Detenidos y Garantías. Dentro
de sus funciones se encuentran las de controlar y verificar
las condiciones de detención o internación,
resguardar y tutelar la salud física y psíquica
de los detenidos, asegurar condiciones de dignidad humana
y derechos fundamentales. Asimismo, puede vigilar y controlar
a las personas privadas de su libertad que no tengan vinculación
con hechos delictivos. Tiene competencia en toda la provincia.
Otra de las reformas está vinculada a los delitos leves,
que son aquellos cuya pena es inferior a cinco años.
En estos casos desapareció la instrucción y
aplicándose, en cambio, el procedimiento sumario.
La ley Nº 7310 sancionada el 1º de septiembre de
2004 completó la reforma creando la Fiscalía
de Causas Policiales y Penitenciarias. En este orden, la Corte
de justicia dictó una serie de acordadas con el objeto
adecuar la estructura judicial a la nueva reforma.
Escuela de la Magistratura
Desde el año 1992 funciona la Escuela de la Magistratura
del Poder Judicial de la Provincia de Salta. Fue creada por
Acordada Nº 7303 dictada por la Corte de Justicia de
Salta el 28 de julio de 1992, con el propósito de dotar,
a los magistrados y funcionarios locales, de un medio idóneo
para su perfeccionamiento profesional y como un espacio institucional
de docencia y debate de ideas acerca de temas vinculados específicamente
a la función judicial.
Dentro de sus funciones se encuentran la implementación
y desarrollo de programas de capacitación para la formación
en los aspectos científicos, profesionales, humanísticos
y sociales de la judicatura e impartir los conocimientos teóricos
y prácticos de aplicación específica
en la Administración de Justicia, con miras a la eficacia
y eficiencia de la función y administración
judicial.
Este organismo está organizado en diversos departamentos,
a saber: Departamento de Estudios e Investigaciones para la
Modernización del Sistema Judicial; Departamento de
Formación Inicial; Departamento de Formación
Continua; Departamento de Cultura e Investigaciones.
Se llevan a cabo diversos cursos tendientes a capacitar a
empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial.
Sistema Iurix
Desde enero del año 2000, el Poder Judicial de Salta
implementa el Sistema IURIX. Se trata de una herramienta informática
de última generación que permite la gestión
integral de todos los procesos judiciales.
El proyecto de informatización de la Gestión
Jurídica y Administrativa del Poder Judicial fue encarado
para todos los fueros (penales, civiles y familia, laborales,
contencioso administrativo y quiebras), a través de
un proceso licitatorio internacional que abarcó la
provisión de hardware, comunicaciones y el desarrollo
de sistemas. Inicialmente fue puesto en funcionamiento en
la ciudad capital para luego extenderse a todas las jurisdicciones
de la provincia.
Consulta de expedientes por internet
En noviembre de 2003 la Corte de Justicia de Salta y el Colegio
de Abogados y Procuradores de la provincia firmaron un convenio
por medio del cual los abogados pueden consultar la información
de los expedientes en los que intervienen por internet. Para
ello es necesario contar con una clave personal y privada
provista por el mismo colegio.
Diariamente son publicadas listas de despacho de los Juzgados
Civiles, Secretaría de Procesos Ejecutivos, Juzgados
de Concursos Quiebras y Sociedades, Juzgados Laborales, Juzgados
de Familia (con las debidas reservas de protección
de datos personales), y las Cámaras de Apelaciones
en lo Civil y Comercial y en lo Laboral. Para acceder a este
servicio se puede ingresar al sitio web del Colegio de Abogados
Consejo de la Magistratura
El Consejo de la Magistratura, reglamentado por la ley Nº
7016, tiene a su cargo la selección de los Magistrados
Inferiores del Poder Judicial, Jueces de Paz Letrados y funcionarios
del Ministerio Público con excepción del Procurador
General, el Defensor General y el Asesor General de Incapaces,
mediante concurso público. Está integrado por
un Juez de la Corte de Justicia elegido por sus pares, que
lo preside; un representante de los Jueces inferiores, elegido
entre ellos, por voto directo, secreto y obligatorio; un representante
del Ministerio Público, elegido de la misma manera
que el representante de los jueces; tres abogados de la matrícula
elegidos entre sus pares; tres representantes de la Cámara
de Diputados, miembros o no de ella, correspondiendo dos a
la mayoría y uno a la primera minoría, a propuesta
de los respectivos bloques.
Los miembros del Consejo de la Magistratura duran cuatro años
en sus funciones no pudiendo ser reelectos en forma inmediata.
Ministerio de Gobierno y Justicia
En la órbita del Poder Ejecutivo, el Ministerio de
Gobierno y Justicia asiste al gobernador en todo lo inherente
al afianzamiento de las instituciones democráticas
y republicanas, como así también en las relaciones
con los otros poderes del Estado, con el Ministerio Público,
los órganos constitucionales de control, los partidos
políticos y las instituciones de la sociedad civil
y Consejo de la Magistratura.
Entiende en el análisis de las reformas que se introducen
en la Constitución de la provincia y en la designación
de Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público.
A través de sus organismos se brindan distintos servicios,
entre ellos, asistencia, asesoramiento legal y capacitación
respecto a los derechos que poseen las personas; como así
también, en lo referente a su defensa y ejercicio,
a través de la Secretaría de Justicia y Derechos
Humanos. Asimismo cuenta con una “Oficina de Atención
al Ciudadano”, con el objeto de dar respuesta a todas
las inquietudes que plantean los ciudadanos.
Policía Judicial
Esta institución está prevista en el Código
Procesal Penal de la provincia en sus artículos 179
a 183. Tiene como función investigar delitos de acción
pública y se encuentra a disposición de jueces
y fiscales. A pesar de la organización y funcionamiento
prevista en el Código Procesal Penal aún no
ha sido implementada en la práctica .
Servicio Penitenciario
La provincia de Salta posee Servicio Penitenciario propio.
Dicha institución depende de la Secretaría de
la Gobernación de Seguridad de la provincia, organismo
dependiente del Poder Ejecutivo. Tiene a su cargo la guarda
y custodia de los detenidos en jurisdicción provincial
.
Cuenta con seis unidades carcelarias distribuidas en toda
la provincia. En 2004 había en la provincia 1.787 detenidos;
1.054 eran condenados, 673 procesados y 60 menores o inimputables.
En dicho año la capacidad total era de 1.163 plazas,
lo que origina una sobrepoblación del 53,7%. En el
año 2003 se encontraban alojados en las diferentes
dependencias 1.680 personas, de las cuales 923 tenían
condena firme, 755 se encontraban procesadas y 2 eran menores
o inimputables.
En el año 2002 la población penitenciaria era
de 1.574 personas. La capacidad total del sistema al mencionado
año era de 1.163 plazas, por lo que se observa un índice
de sobrepoblación del 35%.
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