INICIO> Estadísticas > Provincia de Salta

 

Ubicación geográfica

La provincia de Salta se ubica al noreste de la República Argentina. Limita al norte con la provincia de Jujuy y la República de Bolivia, al este con la República de Paraguay y con las provincias de Formosa y Chaco, al sur con las provincias de Tucumán y Catamarca, y al oeste con la República de Chile.

Datos generales

La provincia cuenta con una superficie de 155.488 km2 y una población de 1.079.051 habitantes, con una densidad de 6,9 habitantes por km2.
La tasa de desocupación para el año 2004 fue de 15,85% y de 13,8% para el primer semestre de 2005; mientras que la tasa de subocupación alcanzó el 17,1%, en promedio, en el año 2004 y el 13,8% en el primer semestre de 2005.
Durante el año 2004, el 17,5% de los hogares y el 22,65% de los habitantes se encontraban por debajo de la línea de indigencia. Para el primer semestre de 2005 esos valores fueron de 14,4% y 19,3% respectivamente.
Respecto del índice de pobreza, para el año 2004, en promedio, el 43% de los hogares y el 53,2% de los habitantes se encontraban por debajo de la línea de pobreza. En el primer semestre de 2005 esos valores fueron de 40% y 50% respectivamente
El ingreso promedio de la ocupación principal en la provincia de Salta fue de $ 523 por persona en el primer semestre de 2005.

Fuente: estimación poblacional INDEC

Fuente: Grupo Unidos del Sud. Datos: INDEC

Fuente: Grupo Unidos del Sud. Datos: INDEC

 

 

Poder Judicial

Organización/Composición

El Poder Judicial de la provincia está compuesto por la Corte de Justicia, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial; la Cámara de Apelación del Trabajo; la Cámara de Acusación; las Cámaras del Crimen y los juzgados de primera instancia en lo Civil y Comercial; de Personas y Familia; de Minas y Comercial de Registro; de Concursos, Quiebras y Sociedades; en lo Civil y Comercial de Procesos Ejecutivos; del Trabajo; Correccionales y Garantías; de Instrucción Formal; de Detenidos y Garantías; de Ejecución; de Menores y en lo Contencioso Administrativo.


La Corte de Justicia encabeza el Poder Judicial. Está compuesta por cinco miembros y entre sus funciones podemos mencionar las de: 1) representar al Poder Judicial ante los demás poderes del Estado; 2) ejercer el contralor sobre la conducta de los magistrados y funcionarios, pudiendo imponerles sanciones disciplinarias cuando incurrieren en el desempeño de su cargo en faltas u omisiones que no sean de aquellas que autoricen su juzgamiento ante el Jury de Enjuiciamiento; 3) pasar los antecedentes al Fiscal de Corte, para que promueva la acusación ante el Jury de Enjuiciamiento, cuando las faltas u omisiones sean de tal naturaleza que aparezcan susceptibles de tal acusación; 4) nombrar, promover y remover a los Secretarios y empleados del Poder Judicial; 5) practicar con el número de sus miembros que estime necesarios, no menos de dos visitas de cárceles cada año, requiriendo informe sobre el estado de las causas y el tratamiento de los procesados y penados, entre otras.

 

 

Personal

 
2000
2001
2002
2003
2004
Jueces
95
96
93
96
93
Funcionarios del Poder Judicial
257
277
287
288
295
Empleados del Poder Judicial
1.097
1.111
1.122
1.323
1.336
Total
1.449
1.484
1.500
1.501
1.553

 

 

Presupuesto por Magistrado/Presupuesto por habitante

2000
2001
2002
2003
2004
Presupuestopor Magistrados
$ 407.669
$ 408.194
$ 399.696
$ 385.976
$ 435.634
Presupuesto por Habitantes
$ 36
$ 36
$ 34
$ 33
$ 35

 

Ministerio Público

 

El Ministerio Público es integrado y ejercido por el Procurador General, el Defensor General, el Asesor General de Incapaces y por los fiscales, defensores oficiales y asesores de incapaces de todas las Instancias y fueros, los que son asistidos por los secretarios letrados. Asimismo está integrado por los demás funcionarios, profesionales auxiliares y el personal administrativo.


Dentro de sus funciones se encuentran las de: promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad e intereses generales de la sociedad; velar por el respeto de los derechos, deberes, principios y garantías constitucionales, estando legitimado para demandar la inconstitucionalidad de toda ley, decreto, ordenanza, contrato o resolución de cualquier autoridad pública provincial o municipal; velar por la buena marcha de la administración de justicia y controlar el cumplimiento de los plazos procesales; velar por el correcto cumplimiento de las leyes y garantías de los derechos humanos en las cárceles; accionar en defensa y protección del medio ambiente e intereses difusos; ejercer la acción penal en delitos de acción pública; nombrar a sus empelados; proponer y administrar su propio presupuesto; tener iniciativa legislativa no exclusiva con respecto a la ley de organización del Ministerio Público; entre otras.


El Procurador General, el Defensor General y el Asesor General de Incapaces tienen a su cargo la superintendencia y las potestades administrativas y económicas de este órgano en forma conjunta. El Presidente del Colegio de Gobierno es elegido cada dos años entre sus miembros.
El Procurador General, el Defensor General y el Asesor General de Incapaces, duran seis años en el cargo pudiendo ser designados nuevamente y son nombrados y removidos de la misma manera que los miembros del Superior Tribunal de Justicia.


En el ejercicio de sus funciones el Ministerio Público es autónomo e independiente de los demás órganos del Estado.

 

Causas Ingresadas

Materia
2000
2001
2002
2003
2004
Penal 71.650
75.903
91.086
97.331
86.204
Civil 24.715
28.202
31.826
26.654
30.402
Laboral 2.567
2.955
3.279
3.095
2.668
Contencioso Administrativo 141
165
213
230
191
Total 99.073
107.225
126.404
127.310
119.465

 

Profesión Legal

En la provincia hay un total de 3.800 abogados matriculados , lo que representa una tasa de 333 abogados cada 100.000 habitantes que se encuentran nucleados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia de Salta. Este organismo tiene como objeto la profundización de las relaciones académicas con otras asociaciones profesionales, la defensa del libre ejercicio de la profesión de manera digna, la asistencia de los colegas en la resolución de la problemática diaria que plantea la actividad, entre otros. Del total de abogados mencionados, 1.800 aproximadamente ejercen la profesión legal, en forma activa.


Educación Legal

En la provincia de Salta sólo se dicta la carrera de Abogacía en la Universidad Católica de Salta. Al año 2003 esta universidad contaba con 7.739 alumnos en la carrera.
Mediación y Resolución alternativa de Conflictos
El 11 de noviembre de 2004 fue promulgada la ley Nº 7324 de mediación provincial, que regula la mediación judicial y la extrajudicial. A su vez, mediante Acordada 9.475 de la Corte de Justicia, se prorrogó el sistema de mediación implementado en el ámbito del Poder Judicial.
Esta ley dispone la apertura del procedimiento de mediación, en cualquier etapa del proceso, a pedido de parte o de oficio.
Instituye por un plazo de cinco años, la instancia de mediación obligatoria previa a todo juicio en el que se debatan cuestiones que no se encuentren expresamente excluidas, entre ellas procesos penales, divorcio vincular, procesos sucesorios, ejecuciones, medidas cautelares, aquellos en los que estuvieren en juego normas de orden público, procesos laborales, contenciosos administrativos, entre otros.
Las partes están exentas de la mediación obligatoria cuando intenten solucionar el conflicto por vía de mediación en sede extrajudicial, a través de un mediador o un centro de Mediación, público o privado, debidamente acreditado.
La norma dispone la creación, en el ámbito del Poder Ejecutivo, del Fondo de Financiamiento permanente destinado a la promoción y difusión de la mediación en la esfera provincial y municipal. El sistema de mediación obligatoria previa a todo juicio, se financia con las partidas que a tal fin se preveen en el presupuesto anual y con el producido de las multas contempladas en la misma ley.

Proyectos de mejoramiento de la Justicia

Reforma Código Procesal Penal de la provincia

El Código Procesal Penal de la provincia de Salta fue reformado por la Ley Nº 7262, promulgada el 23 de diciembre de 2003, y modificatorias,. Las reformas incorporadas otorgan brevedad y agilidad al proceso penal, mayores garantías para víctimas y testigos de delitos y ponen en marcha un procedimiento abreviado para el trámite de causas originadas en delitos con penas de hasta 5 años.
Para estos delitos se estableció un procedimiento sumario reemplazándose la figura del Juez de Instrucción Sumaria por la intervención del Fiscal Correccional y la policía.
De esta forma, comenzó la readecuación de la estructura de la justicia penal. Así, se prevé la desaparición de los juzgados de instrucción sumaria y la creación de 5 juzgados Correccionales y de Garantías. Por su parte, los juzgados de Instrucción formal pasarán a denominarse solamente “de Instrucción”.
Se redujo la competencia del Juez de Ejecución al Distrito Centro y Sur, asumiendo los jueces de la Cámara del Crimen esa competencia en el Distrito Norte, en las dos circunscripciones. Cada uno de los jueces integrantes de la Cámara mencionada, se reemplazarán en el ejercicio de dicha función por cuatrimestre.
En el Distrito Centro se creó la Cámara 4ta. en lo Criminal, como así también los Juzgados Correccionales de 6ta., 7ma. y 8va. nominación con funciones de transición hasta el año 2007.
Una de las novedades más destacadas es la creación de la figura del Juez de Detenidos y Garantías. Dentro de sus funciones se encuentran las de controlar y verificar las condiciones de detención o internación, resguardar y tutelar la salud física y psíquica de los detenidos, asegurar condiciones de dignidad humana y derechos fundamentales. Asimismo, puede vigilar y controlar a las personas privadas de su libertad que no tengan vinculación con hechos delictivos. Tiene competencia en toda la provincia.
Otra de las reformas está vinculada a los delitos leves, que son aquellos cuya pena es inferior a cinco años. En estos casos desapareció la instrucción y aplicándose, en cambio, el procedimiento sumario.
La ley Nº 7310 sancionada el 1º de septiembre de 2004 completó la reforma creando la Fiscalía de Causas Policiales y Penitenciarias. En este orden, la Corte de justicia dictó una serie de acordadas con el objeto adecuar la estructura judicial a la nueva reforma.

Escuela de la Magistratura

Desde el año 1992 funciona la Escuela de la Magistratura del Poder Judicial de la Provincia de Salta. Fue creada por Acordada Nº 7303 dictada por la Corte de Justicia de Salta el 28 de julio de 1992, con el propósito de dotar, a los magistrados y funcionarios locales, de un medio idóneo para su perfeccionamiento profesional y como un espacio institucional de docencia y debate de ideas acerca de temas vinculados específicamente a la función judicial.
Dentro de sus funciones se encuentran la implementación y desarrollo de programas de capacitación para la formación en los aspectos científicos, profesionales, humanísticos y sociales de la judicatura e impartir los conocimientos teóricos y prácticos de aplicación específica en la Administración de Justicia, con miras a la eficacia y eficiencia de la función y administración judicial.
Este organismo está organizado en diversos departamentos, a saber: Departamento de Estudios e Investigaciones para la Modernización del Sistema Judicial; Departamento de Formación Inicial; Departamento de Formación Continua; Departamento de Cultura e Investigaciones.
Se llevan a cabo diversos cursos tendientes a capacitar a empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial.

Sistema Iurix

Desde enero del año 2000, el Poder Judicial de Salta implementa el Sistema IURIX. Se trata de una herramienta informática de última generación que permite la gestión integral de todos los procesos judiciales.
El proyecto de informatización de la Gestión Jurídica y Administrativa del Poder Judicial fue encarado para todos los fueros (penales, civiles y familia, laborales, contencioso administrativo y quiebras), a través de un proceso licitatorio internacional que abarcó la provisión de hardware, comunicaciones y el desarrollo de sistemas. Inicialmente fue puesto en funcionamiento en la ciudad capital para luego extenderse a todas las jurisdicciones de la provincia.

Consulta de expedientes por internet

En noviembre de 2003 la Corte de Justicia de Salta y el Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia firmaron un convenio por medio del cual los abogados pueden consultar la información de los expedientes en los que intervienen por internet. Para ello es necesario contar con una clave personal y privada provista por el mismo colegio.
Diariamente son publicadas listas de despacho de los Juzgados Civiles, Secretaría de Procesos Ejecutivos, Juzgados de Concursos Quiebras y Sociedades, Juzgados Laborales, Juzgados de Familia (con las debidas reservas de protección de datos personales), y las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial y en lo Laboral. Para acceder a este servicio se puede ingresar al sitio web del Colegio de Abogados

Consejo de la Magistratura

El Consejo de la Magistratura, reglamentado por la ley Nº 7016, tiene a su cargo la selección de los Magistrados Inferiores del Poder Judicial, Jueces de Paz Letrados y funcionarios del Ministerio Público con excepción del Procurador General, el Defensor General y el Asesor General de Incapaces, mediante concurso público. Está integrado por un Juez de la Corte de Justicia elegido por sus pares, que lo preside; un representante de los Jueces inferiores, elegido entre ellos, por voto directo, secreto y obligatorio; un representante del Ministerio Público, elegido de la misma manera que el representante de los jueces; tres abogados de la matrícula elegidos entre sus pares; tres representantes de la Cámara de Diputados, miembros o no de ella, correspondiendo dos a la mayoría y uno a la primera minoría, a propuesta de los respectivos bloques.
Los miembros del Consejo de la Magistratura duran cuatro años en sus funciones no pudiendo ser reelectos en forma inmediata.

Ministerio de Gobierno y Justicia

En la órbita del Poder Ejecutivo, el Ministerio de Gobierno y Justicia asiste al gobernador en todo lo inherente al afianzamiento de las instituciones democráticas y republicanas, como así también en las relaciones con los otros poderes del Estado, con el Ministerio Público, los órganos constitucionales de control, los partidos políticos y las instituciones de la sociedad civil y Consejo de la Magistratura.
Entiende en el análisis de las reformas que se introducen en la Constitución de la provincia y en la designación de Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público.
A través de sus organismos se brindan distintos servicios, entre ellos, asistencia, asesoramiento legal y capacitación respecto a los derechos que poseen las personas; como así también, en lo referente a su defensa y ejercicio, a través de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos. Asimismo cuenta con una “Oficina de Atención al Ciudadano”, con el objeto de dar respuesta a todas las inquietudes que plantean los ciudadanos.

Policía Judicial

Esta institución está prevista en el Código Procesal Penal de la provincia en sus artículos 179 a 183. Tiene como función investigar delitos de acción pública y se encuentra a disposición de jueces y fiscales. A pesar de la organización y funcionamiento prevista en el Código Procesal Penal aún no ha sido implementada en la práctica .
Servicio Penitenciario
La provincia de Salta posee Servicio Penitenciario propio. Dicha institución depende de la Secretaría de la Gobernación de Seguridad de la provincia, organismo dependiente del Poder Ejecutivo. Tiene a su cargo la guarda y custodia de los detenidos en jurisdicción provincial .
Cuenta con seis unidades carcelarias distribuidas en toda la provincia. En 2004 había en la provincia 1.787 detenidos; 1.054 eran condenados, 673 procesados y 60 menores o inimputables. En dicho año la capacidad total era de 1.163 plazas, lo que origina una sobrepoblación del 53,7%. En el año 2003 se encontraban alojados en las diferentes dependencias 1.680 personas, de las cuales 923 tenían condena firme, 755 se encontraban procesadas y 2 eran menores o inimputables.
En el año 2002 la población penitenciaria era de 1.574 personas. La capacidad total del sistema al mencionado año era de 1.163 plazas, por lo que se observa un índice de sobrepoblación del 35%.