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Ubicación

La provincia de Río Negro integra la región patagónica. Limita al norte con la provincia de La Pampa, al este con Buenos Aires y el Océano Atlántico, al sur con la provincia de Chubut y al oeste con Neuquén y Chile.
Se encuentra comprendida entre los 37º 35’ y 42º de Latitud sur, y los 62º 47’ y 71º 55’ de Longitud oeste.

Datos generales

La provincia tiene una superficie de 203.013 km2 y una población de 587.430 habitantes, con una densidad de población de 2,89 habitantes por km2.


Fuente: Estimación poblacional INDEC

 

 

Poder Judicial

Organización/Composición

El Poder Judicial de la Provincia está compuesto por el Superior Tribunal de Justicia; por las Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería;; Cámaras del Trabajo; Cámaras de Apelaciones en lo Criminal; Tribunales Colegiados de Superintendencia; Tribunal Electoral Juzgados Civiles, Comerciales y de Minería; Juzgados de Familia y Sucesiones; Juzgados de Instrucción; Juzgados Correccionales; y por los Juzgados de Paz .
Forman parte del Poder Judicial: la Procuración General; los Ministerios Públicos, Fiscal y Pupilar

 

Personal

2004
Magistrados
131
Funcionarios
190
Empleados
626
Total
947

 

 

Ministerio Público


El Ministerio Público forma parte del Poder Judicial, y tiene autonomía funcional. Está integrado por un Procurador General y los Fiscales de Cámara, los Agentes Fiscales, los Defensores Generales y los Asesores de Menores e Incapaces. Ejercen sus funciones con arreglo a los principios de legalidad, imparcialidad, unidad de actuación y dependencia jerárquica en todo el territorio provincial.


El Procurador General fija las políticas de persecución penal y expide las instrucciones generales conforme al párrafo anterior. Tiene a su cargo la superintendencia del Ministerio Público.


El Procurador General es designado por el Consejo de la Magistratura y destituido por el procedimiento del juicio político conforme lo dispuesto en el artículo 217 de la Constitución provincial.


El Ministerio Publico prepara y promueve la acción judicial en defensa del interés público y los derechos de las personas; asesora, representa y defiende a los menores, incapaces, pobre y ausentes; custodia la jurisdicción y competencia de los tribunales, la eficiente prestación del servicio de la justicia y procura ante ellos la satisfacción del interés social (Art.218 de la constitución provincial).

Personal

2004
Fiscales
34
Defensores
34
Funcionarios Ministerio Publico Fiscal
10
Funcionarios Ministerio Pupilar
14
Empleados Ministerio Público Fiscal
71
Empleados Ministerio Pupilar
49
Total
210

 

Causas Ingresadas

Materia
2000
2001
2002
2003
2004
Penal
24.351
25.813
29.233
28.022
19.005
Civil
17.711
17.856
22.237
17.450
11.091
Laboral
3.008
3.280
3.110
2.964
2.793
Total
45.070
46.949
54.580
48.436
32.889

 

Policía Judicial


Se trata de un cuerpo profesional científico-técnico que forma parte del Poder Judicial como auxiliar del ministerio Público. Su principal función es la de colaborar con la administración de justicia reuniendo evidencias para la investigación de los delitos de acción pública por losFiscales.

Consejo de la Magistratura

El Consejo de la Magistratura está integrado por el presidente del Superior Tribunal de Justicia, el Procurador General o un presidente de cámara o tribunal del fuero o circunscripción judicial que corresponda al asunto en consideración; tres legisladores y tres representantes de los abogados de la circunscripción respectiva. Para elegir jueces especiales letrados, lo integra un presidente de Cámara Civil.
El presidente del Superior Tribunal de Justicia convoca al Consejo y lo preside con doble voto en caso de empate. La asistencia es carga pública. Las resoluciones se aprueban por mayoría simple de votos. Las sesiones se realizan en el asiento de la circunscripción judicial interesada .
El Consejo de la Magistratura tiene las siguientes funciones : a) Juzgar en instancia única y sin recurso, en los concursos para el nombramiento de magistrados y funcionarios judiciales y los designa. La ley fija el procedimiento que favorezca la igualdad de oportunidades y la selección por idoneidad de los postulantes; b) Recibir denuncias sobre el desempeño de magistrados y funcionarios judiciales no pasibles de ser sometidos a juicio político. Instruye el sumario a través de uno o más de sus miembros, con garantía del derecho de defensa, y conforme a la ley que lo reglamente. Puede suspender preventivamente al acusado, por plazo único e improrrogable; c) Aplicar sanciones definitivas, con suspensión en el cargo conforme la reglamentación legal y d) Declarar previo juicio oral y público por el procedimiento que la ley determina, la destitución del acusado y en su caso, la inhabilidad para ejercer cargos públicos, sin perjuicio de las penas que puedan corresponderle por la justicia ordinaria.

Ministerio de Gobierno

En el ámbito del Poder Ejecutivo, le compete al Ministerio de Gobierno asistir al Gobernador en todo lo inherente al gobierno político interno, el orden público y al ejercicio pleno de los principios y garantías constitucionales, procurando asegurar y preservar el sistema republicano y democrático de gobierno. En particular, entiende en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia; ejecuta los planes, programas y proyectos elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo provincial; entiende en las cuestiones institucionales en que están en juego los derechos y garantías de los habitantes de la provincia; entiende en las relaciones institucionales con los partidos políticos, con el Defensor del Pueblo, con el gobierno provincial y con los demás gobiernos provinciales; entiende en todo lo atinente al régimen de las personas jurídicas de la provincia, al régimen del estado civil y capacidad de las personas, al régimen notarial y Escribanía General de Gobierno, al régimen del registro de la propiedad inmueble, régimen electoral y al registro de contratos públicos; entiende en la protección de los derechos y garantías de los ciudadanos, procurando garantizar el pleno ejercicio de las libertades y de los derechos humanos de los habitantes de la provincia; interviene en la gestión de políticas de equiparación y reconocimiento tendientes a eliminar los obstáculos sociales, políticos y económicos, promoviendo la igualdad de posibilidades; entiende en todo lo concerniente a la organización y dirección de la policía de Río Negro, como así también en lo referente a la gestión del sistema penitenciario, la conmutación de penas y asistencia a liberados, entre otras.

Servicio Penitenciario

Río Negro no posee servicio penitenciario propio. La guarda y custodia de detenidos se encuentra a cargo del Departamento de Asuntos Penitenciarios de la provincia de Río Negro, dependiente de la Jefatura de la Policía provincial. Existen cuatro cárceles en la provincia, dos de las cuales pertenecen al Servicio Penitenciario Federal.
En el 2004 había en la provincia 571 detenidos, de los cuales 287 eran condenados, 283 procesados y 1 era menor o inimputable. La capacidad en el 2004 era de 400 plazas, por lo que la sobrepoblación era del 40%. En el año 2003 se encontraban alojados en tales dependencias 516 personas. De ellas, 260 eran condenados, 254 procesados y dos menores o inimputables. La capacidad del sistema al mencionado año era de 400 plazas, lo que origina una sobrepoblación equivalente al 29%. Respecto del año 2002 la población penitenciaria de la provincia disminuyó el 7% en el año 2004 . Existían en la provincia de Río Negro para ese año, 97,8 detenidos cada 100.000 habitantes.

Mediación y Resolución alternativa de Conflictos.

La provincia cuenta con una Ley Provincial de Mediación Judicial Nº 3847 la cual comenzó a regir en el año 2004. En su artículo primero establece la implementación gradual en la provincia de la instancia de mediación y todo otro método alternativo de resolución de conflictos previo o posterior a la iniciación del juicio, en las cuestiones patrimoniales del fuero civil, comercial y de minería, de familia, penal y laboral
Se trata de técnicas formales de resolución de conflictos sin que ello implique limitación: la conciliación, la transacción, el arbitraje, la mediación, la mediación con arbitraje vinculante y toda aquella metodología alternativa no adversarial de resolución de conflictos. Quedan excluidos de la mencionada ley los programas de Mediación Comunitaria, Vecinal y Escolar
La mediación es un método no adversarial, dirigido por un mediador con título habilitante que promueve la comunicación directa entre las partes para la solución extrajudicial, prejudicial o intraprocesal de las controversias (Art.2 ley de mediación).
Los honorarios del mediador son soportados por las partes en igual proporción, salvo convenio en contrario. Una vez celebrado el acuerdo o finalizada la mediación sin acuerdo por decisión de las partes o del mediador, se procede al pago de los honorarios del mediador al momento de la firma del acta final.
Si no se abonaran en ese acto, deberá establecerse en el acta el lugar y fecha de pago de los mismos, no pudiendo extenderse más allá de los treinta días corridos posteriores. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho efectivo el pago de los honorarios del mediador, se aplica una multa. Los honorarios no abonados pueden ser ejecutados por el mediador habilitado, con la sola presentación del acta en la que conste la obligación del pago, la que tendrá fuerza ejecutiva, por ante el Juez competente.

Proyectos de mejoramiento de la Justicia

Gestión Judicial

En marzo del año 2005 se ejecutó el proyecto piloto denominado “La gestión judicial al servicio de la sociedad” , destinado a evaluar el desempeño de los distintos organismos jurisdiccionales a la luz de estándares predefinidos como son la disposición al cambio; la capacidad para medir la gestión y el desempeño de excelencia. Los organismos evaluados fueron la Cámara Laboral, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3, y el Juzgado de Instrucción Nº 4, todos con asiento en la ciudad de Bariloche.
El 21 de septiembre de 2005 fue elevado un informe de auditoria sobre la medición del desempeño de los organismos intervinientes .

Firma Digital

El 24 de agosto de 2005, mediante resolución 398/2005 se habilitó el uso de la firma digital en forma gradual, permanente y obligatoria, para la realización de comunicaciones que materialicen trámites judiciales de organismos jurisdiccionales entre sí y/o con el Ministerio Público, y/o con los organismos auxiliares de superintendencia, la Administración General, la Auditoria Judicial General, el Área de Informatización de la Gestión Judicial, la Secretaría de Superintendencia del S.T.J. (Área de Recursos Humanos) la Contaduría General, la Inspectoría de Justicia de Paz y del Notariado, la Dirección de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos (CEJUME) y Cuerpos Técnicos Auxiliares del Poder Judicial.
El uso de la firma digital será obligatorio para las comunicaciones jurisdiccionales e interjurisdiccionales de los organismos jurisdiccionales y el Ministerio Público del Poder Judicial de la Provincia a partir del 1° de febrero de 2007.

Carta de Derechos de los Ciudadanos de la Patagonia Argentina

Mediante ley Nº 3830 publicada en el Boletín Oficial el día 19 de abril de 2004, se incorporó como anexo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la provincia, la Carta de Derechos de los Ciudadanos de la Patagonia argentina ante la justicia. Esta Carta fue aprobada por Acordada N° 103/2002 del Superior Tribunal de Justicia, originada en el Foro Patagónico de los Superiores Tribunales de Justicia, órgano del Tratado Fundacional de la Región de la Patagonia, ratificado por ley N° 3004. Tiene por finalidad conseguir una Justicia moderna y abierta a los ciudadanos. En ella se desarrollan principios de transparencia, información y atención adecuada. Se centra en la necesidad de prestar una especial atención y cuidado en la relación de la Administración de Justicia con aquellos ciudadanos que se encuentran más desprotegidos.

Carta Compromiso con el Ciudadano

Mediante la firma de esta Carta, el Poder Judicial de la provincia asumió el compromiso de impulsar crecientes niveles de calidad en la prestación de los servicios y una gestión transparente y eficaz. Asimismo, se comprometió a impulsar nuevas acciones con el objeto de lograr mejores niveles de satisfacción en el cumplimiento de sus funciones y fortalecer las relaciones con el ciudadano.
El Programa “Carta Compromiso” brindó valiosas herramientas de Gestión de Calidad, que comenzaron a implementarse. En este contexto se cumplieron diferentes metas de gestión organizacional, a saber: simplificación y celeridad de los procesos judiciales; estructura organizacional funcional, horizontal y participativa; profesionalización de los recursos humanos; capacitación, especialización y actualización de los recursos humanos; incorporación de tecnología de información y telecomunicaciones; consolidación de un sistema de comunicación; desarrollo de una nueva cultura de servicio al usuario; fortalecimiento de la independencia del Poder Judicial y del administrador de justicia.

Casas de Justicia y Centros de Atención al Ciudadano

La provincia cuenta asimismo, con una Casa de Justicia en la ciudad del Bolsón y con Centros de Atención al Ciudadano, en las localidades de Viedma, General Roca y Cipolletti.
Escuela de Capacitación Judicial
La Escuela de Capacitación Judicial funciona en la provincia desde el año 1994. Su creación está prevista dentro de las facultades y deberes del Superior Tribunal de Justicia, en el artículo 206 inc. 8 de la Constitución de la provincia de Río Negro. Se trata de un instituto para la formación y perfeccionamiento de magistrados y funcionarios judiciales, que tiene como funciones principales dar capacitación a sus magistrados, funcionarios y empleados y brindar a la comunidad un mejor y más eficiente servicio de justicia, una respuesta conforme a derecho en relación a las demandas que la sociedad reclama.

Delitos

Según datos de la Dirección Nacional de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, se han denunciado en la provincia de Río Negro 18.475 delitos en el
año 2004 lo que representa una tasa de 3.164 delitos cada 100.000 habitantes. En relación al año 2000 la cantidad de delitos aumentó el 1% en el 2004; sin embargo con respecto al año 2003 disminuyeron el 9%.

Profesión Legal

a profesión legal en la provincia está organizada en cuatro Colegios de Abogados situados en las localidades de Viedma, General Roca, Cipolletti y Bariloche. Su creación está prevista en el artículo 158 de la Constitución provincial.
Estos organismos concentran un total de 1756 abogados matriculados, lo que representa una tasa de 298 abogados cada 100.000 habitantes.

Educación Legal

En la provincia de Río Negro funciona la Universidad Nacional del Comahue que cuenta con una Facultad de Derecho.
En el año 2003 la cantidad de alumnos de la carrera era de 2286 mientras que la cantidad de nuevos inscriptos para ese año fue de 613 alumnos. El total de egresados para el año 2002 fue de 50 alumnos.